Abogados de Inmigración en Orlando Ayudan a sus Clientes con Peticiones Basadas en Matrimonio

¿Puedo convertirme en residente permanente de los Estados Unidos a través de mi Cónyuge?

La respuesta es sí. Probablemente ha oído hablar de la residencia por matrimonio, a través de los medios o de sus allegados. “La tarjeta de residencia” es el término no oficial que se da a la tarjeta de residencia permanente. Nuestros abogados ubicados en Orlando, quienes son especialistas en tramitar la obtención de Tarjetas de Residencia, han manejado cientos de casos de ajustes de estatus y visa de inmigrante a través de un proceso consular, para cónyuges de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes.

Debido a los fraudes cometidos, a menudo, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés), revisa minuciosamente los casos ajuste de estatus basados en matrimonios. Desafortunadamente, muchas parejas enfrentan dificultades durante las entrevistas, en la solicitud de evidencias y las negaciones de sus casos si no son manejados adecuadamente. Es imperativo para muchas parejas, es sus casos sean manejados cuidadosamente. Los abogados de inmigración del Mubarak Law, ubicados en Orlando, han ganado muchos casos de acusaciones de fraude contra nuestros clientes. Incluso, matrimonios verdaderamente consolidados pueden ser acusados de cometer fraude si el caso no es presentado correctamente.

Requisitos solicitados para la Obtención de la Residencia Permanente (“Green Card”) a través del matrimonio.

A pesar de la visión negativa asociada la residencia por matrimonio, la verdad es que la misma es una buena opción para muchas parejas que desean establecer una vida juntos en los Estados Unidos. Si Ud. está casado (a) con un ciudadano (a) Americano (a) o residente permanente, su cónyuge puede hacer la solicitud (Petición de familiar extranjero, formulario I-130) al USCIS para la aprobación de visa o ajuste de estatus para su beneficio.

Para muchos de los que están casados con ciudadanos Americanos y se encuentran viviendo en los Estados Unidos, el formulario I-130 puede ser presentado simultáneamente junto con el formulario de Ajuste de Estatus (formulario 1-485). ADVERTENCIA: generalmente, todos los solicitantes potenciales deben consultar a un abogado de inmigración antes de proceder a llenar el formulario para la solicitud. Llenar incorrectamente un formulario puede derivar en: la negación (pérdida de dinero), presunción de fraude y/o el inicio de un procedimiento de deportación.

Para las personas que residen en el extranjero pero que están casadas con un ciudadano (a) estadounidense o un (a) residente permanente, el (la) cónyuge del ciudadano (a) estadounidense o residente, deberá enviar primero el formulario I-130 a USCIS dentro de los Estados Unidos. Una vez aprobado, el caso será transferido al Centro Nacional de Visas, allí los formularios de inmigrante deben ser completados por el beneficiario, así como una Declaración Jurada como Fiador firmada por el Solicitante. Es importante estar informado. Contacte a Mubarak Law, ubicado en Orlando, para ayudarlo a Ud. y a su familia con el proceso de solicitud por matrimonio.

Por favor, note que para cada formulario I-130 se requiere mostrar al menos los siguientes puntos (1):

  • Que el cónyuge solicitante sea ciudadano (a) estadounidense o residente permanente;
  • Que el matrimonio celebrado entre el solicitante y el beneficiario de la solicitud sea legalmente válido (comprobación de divorcios previos);
  • Que el matrimonio se haya realizado de buena fé (mostrar evidencia de la relación de pareja); y
  • Aranceles del Gobierno.

Abogado en Orlando Para Petciones po Matrimonio

 

DEMOSTRANDO LA CIUDADANÍA ESTADOUNIDENSE O LA RESIDENCIA PERMANENTE

Con la finalidad de demostrar la ciudadanía estadounidense, se pueden presentar copias los siguientes documentos:

  • Certificado de nacimiento estadounidense;
  • Pasaporte vigente de los Estados Unidos;
  • Formulario FS-240, Reporte Consular de nacimiento en el extranjero, emitido por la Embajada o el Consulado de los Estados Unidos; o
  • La verificación de la ciudadanía estadounidense y del pasaporte en la declaración original realizada por el Oficial Consular.

Con la finalidad de demostrar la residencia permanente, se pueden presentar las copias de:

  • La cara frontal y posterior de la Tarjeta de Residencia Permanente (formulario I-551);
  • Página del pasaporte en el que se muestra la admisión como residente permanente legal; o
  • Cualquier otra evidencia emitida por USCIS o el Servicio de Inmigración y Naturalización (INS, por sus siglas en inglés).

En caso de que el (la) ciudadano (a) estadounidense se naturalizó en o el residente solicitante inmigró a los Estados Unidos, y la base de su historial de inmigración o naturalización es un matrimonio previo, sería aconsejable consultar a un abogado de inmigración. El abogado de inmigración Nayef Mubarak, ubicado en Orlando, ha defendido a numerosos clientes luego que USCIS acusara al solicitante estadounidense de obtener su estatus en los Estados Unidos mediante un fraude, una vez que ellos iniciaron el proceso de solicitud para su nuevo cónyuge.

DEMOSTRAR QUE EL MATRIMONIO ES JURÍCAMENTE VÁLIDO

Para los fines de esta solicitud, un matrimonio jurídicamente válido es aquel que es reconocido por el gobierno del estado o por el país en el cual fue celebrado dicho acto. Los matrimonios legales que posean un certificado emitido cumplirían satisfactoriamente con este requisito. Lo mismo puede aplicarse a los matrimonios celebrados eclesiásticamente o en prácticas tribales. Si bien las parejas en unión libre comúnmente no son reconocidas, los matrimonios de derecho consuetudinario serán tomados como válidos en el caso que hayan sido validados en el lugar donde fueron celebrados. Básicamente, si Ud. puede demostrar que su matrimonio fue reconocido como válido en el lugar donde fue celebrado, será reconocido por USCIS para su solicitud. Desde que la Ley de Defensa del Matrimonio (DOMA, por sus siglas en inglés) fue anulada en el año 2012, los cónyuges del mismo sexo tienen derecho a enviar el formulario I-130. Desde entonces, el abogado Mubarak ha representado exitosamente a miembros de la comunidad LGBTQ en sus casos matrimoniales.

Adicionalmente, para demostrar que el matrimonio existe, tanto el (la) solicitante como el (la) cónyuge beneficiario (a) deberán entregar pruebas de que cualquier otro matrimonio previo fue terminado. Esto puede ser demostrado entregando copias de la sentencia de divorcio o el certificado de defunción de su cónyuge anterior. Si Ud. no estuvo presente durante la emisión de sentencia de su divorcio, debería consultarlo con un abogado de inmigración.

DEMOSTRANDO QUE ES UN MATRIMONIO DE BUENA FE

USCIS no aprobará una solicitud basada en un matrimonio únicamente porque se evidencie que el matrimonio legal existe. USCIS requiere evidencias que prueben que el matrimonio es de buena fe. En otras palabras, USCIS quiere que se pruebe que la pareja está construyendo una vida juntos. Existen diversas maneras de demostrar que Ud. tiene un matrimonio de buena fe y deberá tener tantas evidencias disponibles como le sea posible para demostrar la autenticidad de su relación. Un abogado con experiencia en inmigración puede ayudarlo a recopilar la evidencia que Ud. necesita.

Para establecer que un matrimonio es de buena fe, mostrar la evidencia de cuentas bancarias conjuntas es una excelente herramienta. Cualquiera de las siguientes puede ser usada para demostrar los activos y pasivos en conjunto de la pareja:

  • Estados de cuenta bancarios conjuntas;
  • Estados de cuenta de las tarjetas de crédito conjuntas;
  • Títulos de propiedad o escrituras de propiedades adquiridos conjuntamente;
  • Prueba de que poseen préstamos, hipotecas o pasivos conjuntamente;
  • Póliza de seguro de vida en la que el (la) otro (a) cónyuge sea el beneficiario;
  • Pólizas conjuntas de salud, vivienda o vehículo.

U otra evidencia útil que demuestre que la pareja reside bajo un mismo techo. Esto es importante debido a que el vivir separados seguramente generará mayores cuestionamientos por parte de USCIS. La prueba de que residen juntos puede ser mostrada a través de:

  • Contrato de arrendamiento o hipoteca en el que aparezcan los nombres de ambos cónyuges;
  • Servicios públicos o facturas a nombre de ambos cónyuges;
  • Licencia de conducir en la que la dirección de habitación sea la misma para cada uno de los cónyuges.

Existen otros tipos de evidencias que Ud. puede presentar ante USCIS y que le ayudarán a probar la autenticidad de su relación de pareja. Recomendamos ampliamente conversar con un abogado con experiencia de inmigración que pueda darle asesoría personalizada.

El abogado Nayef A. Mubarak posee una amplia experiencia en lo referente a  la solicitud de la I-130 y estará complacido en ayudarle con su presentación de evidencias requeridas, para la aprobación de dicha solicitud. Esta publicación es únicamente con fines informativos y no se pretende cubrir todos los escenarios posibles. Por ejemplo, el proceso varía en función de si el (la) cónyuge beneficiario (a) reside en el extranjero o si vive en los Estados Unidos. Ud. no tiene por qué atravesar este complejo proceso solo (a). Contacte hoy a nuestra oficina para hablar con uno de nuestros abogados con experiencia en inmigración.

Ofrecemos consultas telefónicas a través del (407) 502-3000 y por video. También puede llenar el formulario en línea, disponible en nuestra página web y se lo contactaremos a la brevedad posible. Tenemos un servicio de emergencia disponible durante las 24 horas. Su privacidad es muy importante para nosotros y mantendremos su información bajo estricta confidencialidad.
Por favor, lea la lista de casos exitosos manejados por nuestros abogados ubicado en Orlando, Nayef A. Mubarak; incluyendo matrimonios, solicitudes amparadas en la Ley de Violencia Contra las Mujeres (VAWA, por sus siglas en inglés), matrimonios entre personas del mismo sexo y Exención de Remoción de Condiciones (Solicitudes de la I-751).

Visa K-3 (Visa por matrimonio)

Las Visas K-3 son para los cónyuges de ciudadanos americanos que desean entrar en los Estados Unidos bajo el estatus de no emigrante, mientras esperan por la aprobación de la visa de inmigrante o la I-130 (Solicitud de pariente extranjero). Este proceso permite al ciudadano cónyuge no estadounidense entrar rápidamente en los Estados Unidos.

Requisitos para calificar y obtener una Visa K-3

  • Ud. debe ser cónyuge de un (a) ciudadano (a) estadounidense;
  • El (la) cónyuge ciudadano (a) estadounidense debe haber presentado el formulario I-130 (Solicitud de pariente extranjero) en su nombre; y
  • Haber completado el formulario I-129F (Solicitud de un(a) prometido(a)).

Residente Permanente Condicional – se recibe una tarjeta de residencia válida por 2 años. Con la finalidad de estar como residente permanente, un residente permanente condicional debe llenar el formulario I-751 para la exención de las condiciones durante los 90 días previos a que dicha tarjeta expire. Esta tarjeta condicional no puede ser renovada. La condición debe ser removida o Ud. perderá el estatus de residente permanente.

(1) Esta no es una lista completa ni una guía para completar el formulario. Favor, buscar las instrucciones para llenar el formulario I-130; las mismas pueden ser encontradas en https://www.uscis.gov/i-130

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