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Preguntas frecuentes acerca de la Ley de Inmigración de los Estados Unidos

En un esfuerzo por ayudarle, proporcionándole la mayor cantidad de información posible, hemos compilado algunas de las preguntas más frecuentes realizadas por nuestros clientes. Siéntase en la libertad de explorarlas y visitar las páginas relacionadas para obtener más información en detalle. Por favor tome en cuenta que algunos tópicos están muy relacionados, por lo que Ud. puede querer revisar varias categorías buscando las respuestas.

Ajuste de Estatus

Mi I-485 está en suspensión y mi tarjeta de permiso de trabajo (EAC, por sus siglas en inglés) se vence en una semana. Solicité tardíamente la renovación de la misma, por lo tanto, no la recibiré antes de que la antigua expire. Mi licencia de manejo expira en una semana. ¿Podré renovar mi licencia de conducir?

Cada Estado tiene su propia guía para emitir las licencias de conducir. Al parecer, Ud. deberá esperar por la nueva emisión de su permiso de trabajo; sin embargo, si su solicitud está basada en una aprobada previamente, por ejemplo la I-130, esto podría ayudarle. Verifique la lista de los documentos aceptables en su Estado. El link de los documentos aceptables en el Estado de Florida es www.dmvflorida.org    Volver a las Preguntas frecuentes de Inmigración

Mi I-485 está en espera y necesito renovar mi permiso de trabajo. ¿Debo pagar el arancel de renovación?

No es necesario pagar el arancel para la renovación, siempre y cuando el formulario de ajuste de estatus haya sido presentado después del 30 de Julio de 2007.   Volver a las Preguntas frecuentes de Inmigración

 

Petición de Familiares

Recientemente me convertí en ciudadano estadounidense. Mi único hermano vive en el país del cual provengo. Quisiera traer a mi hermano con una tarjeta de residencia; revisé el boletín de las Visas y de acuerdo al mismo, mi hermano tendría que esperar en fila por 11 años para que hayan visas disponibles en esta categoría (se indica como “current” en el boletín de visas). ¡Esto me sorprendió! ¿Entendí correctamente lo que se explica en dicho boletín? Y si eso es así, ¿hay alguna manera de acortar ese período de espera?

No hay manera de acelerar ese proceso. Por favor, tenga en cuenta que hay otras opciones respecto a la visa tales como, la de inversor, la de empleo, etc.; una de estas podría ser apropiada para su hermano. Ud. querrá consultar a un abogado para verificar si existe otra opción. Aunque él no entraría a los Estados Unidos a través de la opción de solicitud familiar, tendría la posibilidad de obtener otro estatus mientras espera por dicha solicitud.   Volver a las Preguntas frecuentes de Inmigración

Mi madre tiene visa de turista, me ha visitado en diversas oportunidades. ¿Debo esperar a que ella me visite y solicitar la tarjeta de residencia para ella o debo comenzar por solicitar dicha tarjeta desde acá antes de que ella venga? ¿Cuál opción es mejor para mi caso?

Como ciudadano estadounidense, su madre es considerada un pariente inmediato de Ud. Esto significa que ella puede procesar el ajuste de su estatus estando dentro de los Estados Unidos o solicitando que se le procese la visa de inmigrante a través de un Consulado. RECUERDE que su madre no puede entrar a los Estados Unidos con la visa de turista con el único propósito de solicitar un ajuste de estatus, estando dentro de los Estados Unidos. Hacer esto podría ser visto como un intento de entrar al país con una visa de no inmigrante pero con intención de hacerse inmigrante, lo cual puede acarrearle  acusaciones de fraude. Si Ud. está buscando que se lleve a cabo un ajuste de estatus para su madre, estando ella dentro de los Estados Unidos, le sugerimos consultar a un abogado.   Volver a las Preguntas frecuentes de Inmigración

 

Visas H-1B

¿Cómo puedo obtener una copia de la notificación I-797 de mi solicitud previa de la H-1B, si sólo tengo el número de recibo? Solicité mi H-1B en Junio de 2008 a través la una compañía que está ubicada aquí, en la India. Obtuve la aprobación a través de la lotería, pero nunca recibí la notificación I-797 por parte de ellos, sólo tengo el número de recibo con el cual puedo hacerle seguimiento a mi estatus a través de la página web de la oficina USCIS. Mi actual empleador quiere solicitar mi H-1B, por lo que necesita mi antigua notificación I-797. ¿Pueden ayudarme a obtener una copia de esta I-797? Mi H-1B fue solicitada a través de un Centro VT.

Ud. puede ampararse en la Ley de Libertad de Información (FOIA, por sus siglas en inglés) y realizar una solicitud. Le sugerimos que llene la solicitud bajo la Ley de Libertad de Información ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) y el Departamento de Estado de los Estados Unidos (DOS, por sus siglas en inglés. También podría serle útil contactar la compañía que realizó la solicitud previamente.  Volver a las Preguntas frecuentes de Inmigración

 

Visas de Prometido

¿Cuánto tiempo tomará procesar la solicitud?

De acuerdo al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) este proceso puede tardar un estimado de 5 a 7 meses para las Visas K-1 y K-2. Recuerde que este período no incluye el tiempo que toma solicitar la Visa en el país de origen del (de la) prometido(a) extranjero(a). Este tiempo de espera puede variar de un país a otro. Un abogado con gran experiencia en el área de inmigración, estará disponible para indicarle el tiempo estimado que se llevará el proceso de solicitud en dicho país de origen.  Volver a las Preguntas frecuentes de Inmigración

¿Por cuánto tiempo es válida la visa del (de la) prometido(a)?

Una visa K-1 es válida por un período de seis meses. Esto significa que el(la) prometido(a) extranjero(a) puede viajar a los Estados Unidos dentro de los seis meses, contando a partir de la fecha en que la visa es emitida. Sin embargo, una vez que la persona ha entrado en los Estados Unidos, solamente puede permanecer 90 días en el país. Si la pareja no contrae matrimonio durante ese plazo, el(la) prometido(a) extranjera debe salir de los Estados Unidos.  Volver a las Preguntas frecuentes de Inmigración

¿Le es permitido trabajar los Estados Unidos al (a la) prometido(a) extranjero(a)?

El(la) prometido(a) puede solicitar inmediatamente un permiso de trabajo por 90 días no prorrogable, una vez que entre en los Estados Unidos. Opcionalmente, también puede solicitar un permiso de trabajo mientras tramita su tarjeta de residencia. Dicho permiso es válido por un año y puede ser prorrogado.   Volver a las Preguntas frecuentes de Inmigración

¿Qué ocurre si el(la) prometido(a) extranjero tiene hijos?

Si el(la) prometido(a) tiene hijos solteros menores de 21 años de edad y que conviven con él(ella) en el extranjero, puede ser elegibles para obtener una visa K-2 y así poder entrar en los Estados Unidos con su padre(madre). Se debe incluir en la solicitud original que se presente ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) y deben viajar al mismo tiempo o después que lo haga el titular de la visa K-1.   Volver a las Preguntas frecuentes de Inmigración

¿Qué sucederá luego de que contraigamos matrimonio?

Una vez que la pareja contrae matrimonio, la solicitud de la tarjeta de residencia debe ser llenada para todo los titulares de la visa K-1 y K-2 vinculados en la solicitud original.   Volver a las Preguntas frecuentes de Inmigración

¿Qué ocurre si decidimos no contraer matrimonio dentro del plazo de 90 días?

Si Uds. no contraen matrimonio dentro del plazo de 90 días, el(la) prometido(a) extranjero(a) y sus hijos incluidos en la solicitud original deben salir de los Estados Unidos. El incumplimiento en la salida del país será considerado una violación de la Ley de Inmigración de los Estados Unidos y puede dar lugar a la deportación. Cualquier futura elegibilidad para beneficios de inmigración a los Estados Unidos puede verse afectada negativamente. Recuerde que el titular de la visa K-1 puede realizar el trámite de la tarjeta de residencia sólo basado en el matrimonio contraído con el solicitante. Si se casan luego de los 90 días, otras opciones pueden estar disponibles.   Volver a las Preguntas frecuentes de Inmigración

 

Naturalización

Me gustaría saber cuándo es el momento adecuado para solicitar nuevamente la ciudadanía, ya que la primera vez que hice el trámite mi solicitud fue negada debido a la falta de buena conducta moral. Recibí una carta en la que se me notificó que puedo apelar, pero no tengo dinero para realizar ese trámite. ¿Cuánto tiempo debo esperar para volver a realizar el trámite de solicitud de la ciudadanía?

Uno de los requisitos para la naturalización es la demostración de que el solicitante tiene una buena conducta moral. Si la negación de dicha solicitud fue basada en un antecedente penal ocurrido previamente a que Ud. enviara la solicitud, y ocurrido dentro de los 5 años de la realización de la misma, Ud. deberá esperar 5 años para volver a tramitar la naturalización contando a partir de la fecha de su sentencia. Si la negación estuvo basada en un fraude ocurrido durante la entrevista, Ud. tendría que esperar 5 años a partir de la fecha de dicha entrevista. Lo aconsejable es que consulte a un abogado para evitar la pérdida de dinero o tiempo, además, Ud. será informado acerca de cualquier antecedente penal que Ud. posea y por el cual pueda ser deportado. Ud. también querrá que un abogado revise su caso, previo a cualquier solicitud de obtención de la ciudadanía que vaya a realizar. ¡Suerte para la próxima vez!  Volver a las Preguntas frecuentes de Inmigración

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Si Ud. necesita ayuda con cualquier tipo de asunto de inmigración o necesita información adicional, no dude en llamarnos hoy mismo al (407) 502-3000. También puede llenar el formulario en línea y nos pondremos en contacto con Ud. a la brevedad posible. Tenemos a su disposición un servicio de emergencia las 24 horas y le ofrecemos una primera consulta por teléfonica o por video. Nosotros podemos asistirlo en los idiomas: inglés, árabe y español.

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Posted by T.L.

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Posted by W.K.

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Posted by A.A.

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Posted by A.A.T.

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Posted by N.R.

¡No Solo Visite, Quédese!

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En Mubarak Law, su futuro es nuestra prioridad. Para muchas personas, su estatus migratorio en los Estados Unidos es el elemento más importante de sus vidas y de la vida de su familia.

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